jueves, 20 de junio de 2013

PLAZAS DE VUELO VERSUS PLAZAS CONTROL

Ya sabéis que los requisitos psicofísicos para piloto y para controlador NO son los mismos. Los primeros son grupo I y los segundos son Grupo III. Si estudiais la OM 23/11 lo podréis comprobar.

Sin embargo, en la convocatoria, en su apéndice 9 PRUEBAS MÉDICAS, apartado 1, pone que los aspirantes a las plazas del Ejército del Aire, sin especificar grupo, deberán acreditar su aptitud como GRUPO I. O sea, que los que opten a plazas de control (GRUPO III) serán reconocidos como pilotos (GRUPO I) cuyos requisitos son más estrictos en algunas especialidades médicas y psicología.


Ejemplo: un aspirante a las plazas de controlador del Ejército del Aire, que sabe de antemano que no cumple los requisitos para piloto, pero que quiere ser controlador, posiblemente tampoco lo pueda ser porque será reconocido como GRUPO I.

VAYA INJUSTICIA.

viernes, 14 de junio de 2013

FECHA DE INICIO DE PRUEBAS PSICOLÓGICAS

El día 18 de Julio comenzará el reconocimiento psicofísico en el CIMA para los aspirantes a las plazas del acceso directo del Ejército del Aire (ya sabéis 29 para vuelo y 6 para control). Los días siguientes serán el 22, 23 y 24 de julio. (Si no cambian las cosas).

¡¡¡¡¡OJO !!!!! Como novedad, la tanda que tiene que pasar reconocimiento el día 18, deberá presentarse también el día 17 para la parte que corresponde a uno de los reconocimientos psicológicos (ya os expliqué en otra entrada que van a haber varios reconocimientos psicológicos). Este proceso se hará con todas las tandas; es decir, los del día 22 tendrán que presentarse también el viernes 19, y así sucesivamente.

Los resultados tanto del reconocimiento psicológico como del médico se sabrán el mismo día en que se realicen. Si no estáis de acuerdo con ellos, tenéis la posibilidad de recurso al Tribunal Médico de Apelación del Hospital Gómez Ulla. Dicho recurso lo podéis conformar en el propio CIMA el mismo día o hasta tres días después. Es decir, que podéis pensaroslo.


ANIMO

jueves, 13 de junio de 2013

RECONOCIMIENTO PSICOLÓGICO PARA EJÉRCITO DE AIRE

En la convocatoria de acceso directo, se convocan 29 plazas para Vuelo y 6 para Defensa y Control Aéreo dentro del las plazas pertenecientes al Ejército del Aire. En la Base novena se especifica el proceso de selección. En el punto 1 apartado b dedicado a la aptitud psicofísica, hace referencia a las pruebas psicológicas y al reconocimiento médico (que se llevará a cabo en el CIMA).
Las llamadas "pruebas psicológicas" (apartado 6) consistirán en una prueba de personalidad, que será general para todos los candidatos a los tres ejércitos y a la guardia civil. Esta prueba de personalidad trata de medir factores de patologías psicológicas que pudieran interferir con el buen desarrollo del proceso formativo del candidato. Esta prueba NO es eliminatoria por sí misma, sino que será tenida en cuenta en el Reconocimiento Médico que se llevará a cabo en el Hospital Militar Gómez Ulla (para Ejercito de Tierra, Armada y Guardia Civil) y en el CIMA (para los que hayan solitidato Ejército del Aire).

¡¡¡¡¡OJO!!!!! Dentro de ese apartado 6, también dice que a los solictantes de plazas para el E.A. se les realizarán otras pruebas psicológicas específicas para medir las aptitudes requeridas para el vuelo (aptitud espacial, razonamiento, atención dividida y personalidad).  De estas pruebas NO SE DICE NADA de cómo se tendrán en cuenta. (¿RECURRIBLE?)
Además, los candidatos para el E.A. tendrán, después, que pasar el Reconocimiento Médico (O.M. 23/2011) donde, según el Capítulo 17 de esta OM, volverán a someterse a otro reconocimiento psicológico; este, POR FIN, ya realizado por los psicólogos integrados en el proceso de reconocimiento médico aeronáutico.

¡¡¡¡¡¡¡¡¡ OJO!!!!!!  LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS DE ESTE ÚLTIMO RECONOCIMIENTO PSICOLÓGICO SÍ SON ELIMINATORIAS


VOSOTROS DIRÉIS SI ES EXCESIVO O NO.

PARA CUALQUIER DUDA, ¡YA SABÉSI! COMENTARME ALGO


¿QUIERES PASAR CON ÉXITO LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS EN LAS OPOSICIONES PARA PILOTO?

viernes, 7 de junio de 2013

RESOLUCIONES CONVOCATORIAS ENSEÑANZA MILITAR


ACCESO DIRECTO
OFICIALES
http://www.boe.es/boe/dias/2013/05/20/pdfs/BOE-A-2013-5279.pdf

E.A. VUELO (29)
E.A. CONTROL (6)

ACCESO POR PROMOCIÓN
OFICIALES
http://www.mediafire.com/view/?czxkmpibykjmdoo
E.A. VUELO (4)
E.A. CONTROL (31)

SUBOFICIALES
http://www.mediafire.com/view/?vi73c4a5z3etc1f

E.A. CONTROLADORES (48)
E.T. MANTENIMIENTO DE AERONAVES (25)



¿QUIERES PASAR CON ÉXITO LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS EN LAS OPOSICIONES PARA PILOTO?
Otras normas de requisitos psicofísicos, en este caso, para civiles son las que os pego a continuación.

CONTROLADORES

NORMA PARA REQUISITOS DE CONTROLADORES

NORMATIVA JAR-FCL PILOTOS Y TCP

Orden FOM/1267/2008 de 28 de abril, por la que se modifican la Orden de 21 de marzo de 2000, y la Orden FOM/2157/2003, de 18 de julio, que regulan diversos requisitos de las licencias de la tripulación de vuelo de aviones y helicópteros civiles, relativos a la organización médico-aeronáutica y la autorización de los centros médico-aeronáuticos y médicos examinadores. (Boletín Oficial del Estado número 110, del martes 6 de mayo de 2008)



NORMATIVA NUEVA EUROPEA PARA PILOTOS Y TCP

Reglamento (UE) Nº 1178/2011 de la comisión de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) Nº 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo

Una modificación al anterior Reglamento


Reglamento (UE) Nº 290/2012 de la Comisión de 30 de marzo de 2012, que modifica el Reglamento (UE) nº 1178/2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) nº 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.

TIPOSDE PERSONAL DE VUELO


Pilotos profesionales (ATPL y CPL)

APARTADO DE REQUERIMIENTOS PSICOFÍSICOS

Clase 1 (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011)
Pilotos privados (PPL) con habilitación de vuelo instrumentalClase 2, con requisito auditivo de Clase 1 (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011)

Pilotos privados (PPL) con habilitación de vuelo nocturno

Clase 2, con percepción de colores segura (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011)

Pilotos privados (PPL), pilotos de ULM, pilotos de planeador (SPL) y pilotos de globo (BPL)

Clase 2 (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011)

Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP)

Clase C.C. (Anexo V, Reglamento (UE) 290/2012)

Controladores de transito aéreo

Clase 3 Orden FOM/2418/2007

jueves, 6 de junio de 2013

LAS NORMAS CLAVES

La primera a la que haremos referencia es la O.M. 23/11 donde se aprueban las normas para la valoración de la aptitud médica del personal con responsabilidad de vuelo en el ámbito militar. A continuación dejo el enlace.

Solo un primer apunte, atiendan al Capítulo 17: PSICOLOGÍA. Ya comentaremos.

ORDEN MINISTERIAL 23/2011

EL ERROR HUMANO


La aviación es el medio más seguro, pero se repiten accidentes e incidentes.

A medida que disminuyen los fallos técnicos, aumentan de forma alarmante los causados por el fallo humano.

Actualmente este fallo humano origina alrededor del 80% del número total de los accidentes.

De este 80%, una cantidad insignificante se produce por defectos de visión, audición, fallos cardiacos, problemas psiquiátricos u otras causas médicas.
La mayor parte se debe a dificultades en el procesamiento de la información del personal en situaciones de crisis.

Con estos datos cabría esperar que en el reconocimiento psicofísico realizado al personal con responsabilidad de vuelo se pusiera la atención suficiente en aspectos psicológicos. Me atrevería a decir, igual o más atención que a los aspectos meramente físicos.

Pues bien, si leéis detenidamente la normativa que hace referencia a ese reconocimiento psicofísico apreciaréis la escasa, por no decir nula, atención a dicho aspecto.


Saludos.

NORMATIVA DE INTERÉS

Para empezar, existe una normativa que hay que estudiar para ver los requisitos tanto psicófisicos como de formación para poder acceder a la enseñanza de este tipo de cursos.
En breve os pondré los enlaces para que tengáis acceso.

miércoles, 5 de junio de 2013

PRESENTACIÓN

Hola a tod@s los interesad@s en pertenecer al grupo de pilot@s civiles o militares. Empezamos hoy este blog con el fin de aclarar dudas sobre los requisitos que en España se exigen para acceder a las enseñanzas que culminarán con la obtención del título correspondiente.
El objetivo de este blog es crear un campo de intercambio de conocimientos sobre un determinado tipo de requisitos a la hora de acceder a ese tipo de enseñanza. Esto es, a los requisitos psicológicos; que, aunque hoy están dentro de lo que se denomina Reconocimiento Médico, es fácil comprender que este no es su lugar natural.


Por cierto, ya tenemos la convocatoria para acceder a la Enseñanza de Formación (tanto de acceso directo como de propmoción) para las Academias Militares; entre ellas la Academia General del Aire. En cuanto a los requisitos psicológicos en estas convocatorias, hay mucho que aclarar.

Hasta pronto.