Probablemente el día 8 de julio salgan publicadas las resoluciones de las convocatorias. Para cumplir los plazos el reconocimiento psicofísico del CIMA se hará seguramente en agosto, entre el 11 y el 15.
Ya os iré informando.
Para personas con deseos de llegar a ser pilotos de avión comercial, de transporte, de helicópteros, de cazas del ejército, controladores, tripulantes de cabina, pilótos de drones, etc. tanto civiles como militares. PARA MÁS INFORMACIÓN CONCERTAR UNA CITA EN loripal@cop.es
miércoles, 25 de junio de 2014
martes, 3 de junio de 2014
RETRASO
Parece que este año se están retrasando las convocatorias para acceso a Enseñanzas Militares. Hemos acabado mayo y aún no han salido publicadas. Deben estar al caer. Este año se está barajando la posibilidad de que haya unos 75 aspirantes para las plazas del Ejército del Aire, algo menos que el año pasado. Lo mejor es no especular y esperar un poco más para comentar cómo salen redactadas esas convocatorias.
Saludos.
Saludos.
sábado, 10 de mayo de 2014
LA MÁQUINA DE LAS FRUTAS
¡¡Cómo somos!!!!
Lo anecdótico crea escuela. Lo importante pasa a un segundo plano. Una de las principales "virtudes" que se le deben exigir a un piloto o controlador es tener un alto grado de atención dividida, resistencia a la fatiga y monotonía y capacidad de reaccionar ante diferentes estímulos. Medir y cuantificar esto es complicado, pero existen diferentes instrumentos que nos ayudan a ello. Uno de esos instrumentos es el denominado "reaccionómetro". Instrumento informatizado que mide la capacidad de un sujeto para emitir respuestas correctas ante diferente clase de estímulos diferenciados a su vez en alguna característica concreta y todo ello aderezado con tareas que interfieren en el procesamiento correcto de la información relevante.
Ese instrumento puede tener diferentes tipos de estímulos para llevar a cabo la medición. Un tipo de estímulos es la presentación de frutas con diferentes características. El uso de estos estímulos es lo que ha llevado a la gente a la denominación de esta prueba como "la prueba de las frutas y las verduras". Se podría haber usado otros estímulos y se estaría midiendo lo mismo. Los estímulos son irrelevantes, lo verdaderamente importante son las capacidades que mide.
Preguntad a alguien que haya pasado por la experiencia de haber sido evaluado con ese aparato; os comentará el suplicio que supone pasar por ello y muy probablemente no os sabrá decir para qué es.
Aparentemente es un suplicio, pero la verdad es que la mayoría suele reaccionar y completar la prueba con los puntajes estándares requeridos.
Por pruebas como estas será por lo que los psicólogos son tan "odiados". Pero vuelvo a repetir lo que he dicho en otras entradas: para hacer un reconocimiento psicológico es necesario que es sujeto evaluado sea un sujeto activo, que haga algo, que ponga en práctica sus aptitudes. Esa es la diferencia con un reconocimiento médico, en el que el sujeto evaluado es pasivo.
En el reconocimiento médico tenemos miedo de lo que nos diga el médico, de los defectos o enfermedades que nos pueda detectar.
En el reconocimiento psicológico tenemos miedo de lo que nosotros no seremos capaces de hacer o resolver con éxito.
¿Qué da mas miedo?
miércoles, 9 de abril de 2014
JULIO ESTÁ PRÓXIMO
Como todos los años por estas fechas ya se estarán preparando los procesos selectivos para el ingreso por acceso directo en los centros de formación militar y los procesos selectivos para el ingreso por promoción.
Ya sabéis por entradas anteriores, los problemas y los errores que hubo con esas convocatorias, tanto las de promoción como las de acceso directo. Esperemos que este año se corrijan por el bien de los candidatos.
Si nos basamos en las convocatorias del año pasado se ofertarán plazas de piloto y plazas de control para el Ejército de Aire; estos dos colectivos tienen reglamentaciones "CIMA" diferentes, unos son Clase I y los otros Clase III. El año pasado tanto a unos como a otros se les exigió los requisitos para la Clase I más restrictivos que los demandados para la Clase III, con el perjuicio que esto conlleva para los aspirantes a control y no a piloto.
También deseamos que en lo concerniente al reconocimiento psicofísico del CIMA, en su apartado psicológico no se den los problemas y a-legalidades del año pasado.
Conforme se vayan publicando las convocatorias seguiremos hablando de las mismas. Para cualquier duda no dudéis, valga la redundancia, en preguntarme.
Saludos.
Ya sabéis por entradas anteriores, los problemas y los errores que hubo con esas convocatorias, tanto las de promoción como las de acceso directo. Esperemos que este año se corrijan por el bien de los candidatos.
Si nos basamos en las convocatorias del año pasado se ofertarán plazas de piloto y plazas de control para el Ejército de Aire; estos dos colectivos tienen reglamentaciones "CIMA" diferentes, unos son Clase I y los otros Clase III. El año pasado tanto a unos como a otros se les exigió los requisitos para la Clase I más restrictivos que los demandados para la Clase III, con el perjuicio que esto conlleva para los aspirantes a control y no a piloto.
También deseamos que en lo concerniente al reconocimiento psicofísico del CIMA, en su apartado psicológico no se den los problemas y a-legalidades del año pasado.
Conforme se vayan publicando las convocatorias seguiremos hablando de las mismas. Para cualquier duda no dudéis, valga la redundancia, en preguntarme.
Saludos.
martes, 25 de febrero de 2014
PROCEDIMIENTO EN LOS RECONOCIMIENTOS PSICOFÍSICOS CIMA
Después de leer infinidad de comentarios en la red sobre cómo son los reconocimientos para las diferentes licencias y de leer las barbaridades que se dicen, me animo a aportar algo de luz al respecto.
En España existen pocos centros autorizados para evaluar a los Iniciales. En Madrid está el C.I.M.A.
centro militar pero que también reconoce a civiles.
El proceso al que es sometido el solicitante de una licencia "inicial" es el siguiente:
En España existen pocos centros autorizados para evaluar a los Iniciales. En Madrid está el C.I.M.A.
centro militar pero que también reconoce a civiles.
El proceso al que es sometido el solicitante de una licencia "inicial" es el siguiente:
- Acudir en ayunas al centro ya que lo primero que hará es someterse a una extracción de sangre.
- Al llegar al centro lo primero es filiarse y pagar la cuota correspondiente.
- Extracción de sangre y depósito de orina en un bote "ad hoc" para detección de sustancias incompatibles.
- Reconocimiento por un/a médic@ aeronáutic@.
- Paso por las diferentes consultas de las diferentes especialidades tanto médicas (6) como psicológicas (1) sin ningún orden pre-establecido:
- Oftalmología.
- Otorrinolaringología.
- Cardiología.
- Psicología Clínica.
- Radiología.
- Neumología (espirometría)
- Psiquiatría.
Si eres civil, en cada una de estas consultas te irán dando un documento de AESA firmado por el facultativo respectivo para que lo vayas añadiendo a tu expediente y al final, cuando hayas pasado por todas las consultas, lo entregues en el despacho de medicina aeronáutica.
Si eres militar no te harán falta los documentos mencionado anteriormente.
El reconocimiento del punto 4 es generalista, más o menos exahustivo dependiendo del facultativo. Los demás son específicos de su especialidad. Haciendo honor a la verdad y por estadísticas las consultas más complicadas son las de Oftalmología y la de Psicología Clínica.
En las diferentes reglamentaciones, que he ido insertando en este blog, aparecen los requisitos mínimos de las diferentes especialidades.
En cuanto a la consulta de Psicología Clínica el solicitante deberá pasar por varias pruebas. En primer lugar cumplimentará un cuestionario de salud/motivación que será tenido en cuenta para posteriores pruebas complementarias si se diera el caso; luego será evaluada su aptitud espacial y su cociente intelectual mediante pruebas informatizadas; posteriormente será evaluado su tiempo de reacción ante tareas múltiples; una vez acabado el protocolo y con los resultados de las pruebas anteriores será entrevistado por el facultativo. En este último paso se le hará una devolución de los resultados de las pruebas aptitudinales y se sopesará la posibilidad de realizar pruebas complementarias. TAMBIÉN ES OBJETIVO DE ESTA ENTREVISTA PSICOLÓGICA testar la concordancia o no de las expectativas con el nivel aptitudinal y la personalidad. De ahí, que algunas veces seamos malinterpretados por los solicitantes (seguramente por nuestro mal proceder) que interpretan que nuestro objetivo es poner trabas a sus ilusiones. Nada más lejos de nuestro ánimo.
La duración de todo el proceso dependerá del personal que haya para ser reconocido; por término general entrarás en el centro a las 08:30 y saldrás sobre las 12:30 o 13:00. La consulta a la que se le dedica más tiempo es a la de Psicología Clínica, en torno a la media hora. Piensen ustedes que en esta consulta el sujeto evaluado es un sujeto "activo", en todas las demás es un sujeto "pasivo".
Para cualquier aclaración no duden en responder con una pregunta.
sábado, 4 de enero de 2014
DUDAS SOBRE EL TRABAJO DE LOS PSICÓLOGOS
Siempre me ha rondado la cabeza la idea de estar actuando mal cuando se realizan los reconocimientos psicológicos del personal que quiere iniciar una actividad de vuelo o de control. ¿Estaré actuando mal con estos criterios tan ambiguos a que hacen referencia en las normativas?
Comentándolo con los demás especialistas (médicos claro está), me dieron su opinión al respecto. Ellos tampoco sabían si los criterios que aplicaban eran o no los correctos para ser pilot@, azafat@, controlad@r, etc. pero aparecían en la normativa y es eso lo que, sin lugar a dudas, les genera seguridad. ¡Aplican la normativa! Pero es que su normativa es CLARA.
Ese es el problema con la evaluación psicológica: que la norma no es clara, es más, es muy confusa, es generalista, poco operativizable.
De todos modos lo que se pretende es ayudar a los aspirantes a NO gastarse una verdadera fortuna para hacer unos cursos a los que posteriormente no van a sacar la rentabilidad deseada; así intentamos "aconsejar" o mejor dicho que las expectativas de los aspirantes sean realistas, y que su motivación por la tarea que pretenden desarrollar sea coherente con esas expectativas y sus aptitudes (con "p").
Sin embargo, aunque esa es nuestra intención y no otra, se pueden leer cosas como estas en foros de gente que ve en los evaluadores, en general, a enemigos que les quieren joder la vida y a los evaluadores psicólogos en particular como ....... (ya lo leeréis).
Comentándolo con los demás especialistas (médicos claro está), me dieron su opinión al respecto. Ellos tampoco sabían si los criterios que aplicaban eran o no los correctos para ser pilot@, azafat@, controlad@r, etc. pero aparecían en la normativa y es eso lo que, sin lugar a dudas, les genera seguridad. ¡Aplican la normativa! Pero es que su normativa es CLARA.
Ese es el problema con la evaluación psicológica: que la norma no es clara, es más, es muy confusa, es generalista, poco operativizable.
De todos modos lo que se pretende es ayudar a los aspirantes a NO gastarse una verdadera fortuna para hacer unos cursos a los que posteriormente no van a sacar la rentabilidad deseada; así intentamos "aconsejar" o mejor dicho que las expectativas de los aspirantes sean realistas, y que su motivación por la tarea que pretenden desarrollar sea coherente con esas expectativas y sus aptitudes (con "p").
Sin embargo, aunque esa es nuestra intención y no otra, se pueden leer cosas como estas en foros de gente que ve en los evaluadores, en general, a enemigos que les quieren joder la vida y a los evaluadores psicólogos en particular como ....... (ya lo leeréis).
sábado, 23 de noviembre de 2013
REQUISITOS PSICOLÓGICOS: APTITUDES Y CARACTERÍSTICAS DE PERSONALIDAD PARA PILOTOS CIVILES
Según normativa europea diferenciamos entre pilotos clase 1 y clase 2 y LAPL y Tripulantes de cabina. El lío en cuanto al reconocimientos psicológico también es, desgraciadamente, enorme.
En la normativa http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyres/62EFF5BC-8434-4143-9B9C-06F28E7C2FA6/108539/11782011.pdf se hace referencia a los requisitos psicológicos solo para los pilotos clase 1 y 2 en el apartado siguiente:
MED.B.060 Psicología
a) Los solicitantes no deberán padecer ninguna deficiencia psicológica comprobada que pudiera interferir con el ejercicio seguro de las atribuciones de la(s) licencia(s) correspondiente(s).
b) Se podrá requerir una evaluación psicológica como parte o complemento de un examen psiquiátrico o neurológico realizado por un especialista.
En la particularización para España de esa normativa sí que se contempla un cierto reconocimiento psicológico para los demás certificados. Hay que destacar que lo que vale para España puede no servir para Portugal o cualquier otro país de la UE.
Como podéis observar en el apartado a) la concreción brilla por su ausencia, por tanto la generalización, la abstracción, la nebulosa, ... es enorme. También es destacable la supeditación al psiquiatra o neurólogo. En este aspecto habría que apelar al Consejo de Colegios Oficiales de Psicólogos, más que apelar, demandar que hiciera algo al respecto. De la misma manera que lo hizo con la O.M. 23/11 relativa a los reconocimientos en militares.
En la próxima entrada veremos cómo se concreta esta normativa europea para el caso de España (digo "cómo se concreta" por decir algo. Ya podéis adelantar que de concreto nada de nada, más de lo mismo: nebulosas.
En la normativa http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyres/62EFF5BC-8434-4143-9B9C-06F28E7C2FA6/108539/11782011.pdf se hace referencia a los requisitos psicológicos solo para los pilotos clase 1 y 2 en el apartado siguiente:
MED.B.060 Psicología
a) Los solicitantes no deberán padecer ninguna deficiencia psicológica comprobada que pudiera interferir con el ejercicio seguro de las atribuciones de la(s) licencia(s) correspondiente(s).
b) Se podrá requerir una evaluación psicológica como parte o complemento de un examen psiquiátrico o neurológico realizado por un especialista.
En la particularización para España de esa normativa sí que se contempla un cierto reconocimiento psicológico para los demás certificados. Hay que destacar que lo que vale para España puede no servir para Portugal o cualquier otro país de la UE.
Como podéis observar en el apartado a) la concreción brilla por su ausencia, por tanto la generalización, la abstracción, la nebulosa, ... es enorme. También es destacable la supeditación al psiquiatra o neurólogo. En este aspecto habría que apelar al Consejo de Colegios Oficiales de Psicólogos, más que apelar, demandar que hiciera algo al respecto. De la misma manera que lo hizo con la O.M. 23/11 relativa a los reconocimientos en militares.
En la próxima entrada veremos cómo se concreta esta normativa europea para el caso de España (digo "cómo se concreta" por decir algo. Ya podéis adelantar que de concreto nada de nada, más de lo mismo: nebulosas.
lunes, 14 de octubre de 2013
REQUISITOS PSICOLÓGICOS: APTITUDES Y CARACTERÍSTICAS DE PERSONALIDAD PARA CONTROLADORES CIVILES
Si estamos anonadados con el trato que se da al aspecto psicológico en el reconocimiento de personal de vuelo militar, lo concerniente a aviación civil es de juzgado de guardia.
Como prueba en esta entrada trataremos de del reconocimiento para controladores, en otras nos ocuparemos de pilotos y TCP.
La orden que lo regula es la ORDEN FOM/2418/2007, de 25 de julio, por la que se determinan los requisitos médicos necesarios para la obtención del certificado médico aeronáutico de clase 3 referido a la licencia de Controlador de Tránsito Aéreo.
Dicha orden en su apartado 11 dice los siguiente:
11.2: requisitos psicológicos
11.2(a) Debe ser considerado no apto el solicitante con incapacidad de superar el estrés o los problemas relacionados con el estrés hasta el punto en el que sus síntomas puedan interferir con su capacidad individual para realizar con seguridad las funciones autorizadas y por la licencia/certificado de competencia (no obstante, véanse los párrafos 11.2.2 y 11.2.3).
11.2.2. Si el paciente presenta problemas relacionados con el estrés que puedan interferir con el ejercicio seguro de las funciones autorizadas por la licencia/certificado de competencia individual, puede ser necesaria la evaluación psicológica realizada por un especialista autorizado por la AMS.
11.2.3. La superación del estrés incluye lo siguiente:
a) superación de las cargas intensas de trabajo,
b) superación del aburrimiento,
c) capacidad de relajación tras el trabajo,
d) control de la ansiedad y la cólera,
e) capacidad de control de los incidentes de carácter crítico.
Cuando haya indicaciones de falta de aptitud o de existencia de incidentes relacionados con los extremos señalados, el solicitante debe ser evaluado por un especialista autorizado por la AMS.
11.2(b) El solicitante o el titular de un Certificado médico Europea de clase 3 no debe sufrir trastornos psicológicos establecidos que puedan interferir con el ejercicio seguro de las funciones autorizadas por la licencia correspondiente (véanse los párrafos 11.2.2 a 11.2.4).
11.2(c) Siempre que esté indicada la evaluación psicológica, debe ser realizada por un psicólogo autorizado por la AMS. La evaluación debe ser dirigida por un neurólogo o un psiquiatra, según lo indicado.
11.2.4. La AMS puede requerir una evaluación psicológica complementaria a la exploración psiquiátrica o neurológica cuando el AME o la AMS reciban información verificable y de fuente identificable indicativa de dudas respecto al estado mental o a la personalidad de un individuo concreto. Las fuentes de esta información pueden ser accidentes o incidentes, problemas durante la fase de formación o en los exámenes de competencia, actitudes de carácter delincuente o el conocimiento relevante al ejercicio seguro de las funciones autorizadas por las licencias vigentes. En los casos más sencillos, y siempre que sea aceptable
por la AMS, el psicólogo puede informar directamente al AME. Las decisiones sobre la certificación o la recertificación requieren el juicio clínico por parte del AME.
11.2.5. La evaluación psicológica debe ser genérica y puede incluir los antecedentes médicos, los antecedentes de acontecimientos vitales y las pruebas de aptitud, además de las pruebas de personalidad y la entrevista psicológica.
Si leéis esto con detenimiento veréis que no pone nada y pone a la vez muchísimas cosas mal puestas. Con esta legislación se me hace incomprensible que nadie de los afectados ponga el grito en el cielo.
Por una parte dice que el psicólogo sólo debe evaluar la capacidad de gestionar el estrés que pueda tener el futuro controlador, y más adelante dice que se valorará su personalidad y sus aptitudes (¿en qué quedamos?) Y si valoramos las aptitudes, ¿qué aptitudes son? ¿cuánto es el mínimo requerido de esas aptitudes para poder ser controlador? y en cuanto a la personalidad ¿qué rasgos son los que debemos evaluar?
Por otro lado, y esto si que es digno de llevarlo a los tribunales, supedita la labor de un facultativo a la de otro; a saber, el psicólogo debe ser dirigido por un psiquiatra o un neurólogo.
YA SABÉIS, LOS CANDIDATOS QUE DESEEN SER CONTROLADORES DEBERÁN SOMETERSE A UNA EVALUACIÓN PSICOLÓGICA UN TANTO ENIGMÁTICA. PERO NO OS PREOCUPÉIS SIEMPRE HABRÁ ALGUIEN QUE OS PUEDA ECHAR UNA MANO ANTES DE DESEMBOLSAR LAS CANTIDADES ENORMES QUE OS VAN A PEDIR EN LAS DISTINTAS ESCUELAS Y UNIVERSIDADES PARA HACER LOS CURSOS.
jueves, 5 de septiembre de 2013
APTITUDES COGNITIVAS Y PERSONALIDAD PARA VUELO
Ni que decir tiene que un piloto debe tener unas aptitudes cognitivas normales, siendo deseable que sean superiores a la norma y unos rasgos de personalidad como mínimo también normales. Por lo tanto podríamos decir que sería conveniente que gozara de las siguientes características:
- Intelectuales: cociente intelectual normal o superior, funciones cognitivas indemnes, especialmente en las variables de rendimiento, pensamiento práctico orientado a la solución de problemas, razonamiento lógico deductivo, etc.
- Emocionales: tolerancia al estrés y cansancio de vuelo, adecuado control de impulsos (autocontrol), afectividad y ánimo estables, mecanismos de defensa adecuados y flexibles, criterio, capacidad para tolerar y aceptar la crítica y reconocer errores.
- Interpersonales: tener habilidades sociales y comunicacionales, capacidad para trabajar en equipo, adecuado manejo del conflicto, capacidad para asumir distintos roles (liderazgo, subordinado, par, etc.)
- Intelectuales: Tener C.I. inferior al normal promedio, deterioro psico-orgánico, alteración de las variables de rendimiento (atención – concentración – memoria).
- Emocionales: Bajo control de impulsos (especialmente de la agresión), deficitario manejo de la ansiedad y tendencia al bloqueo bajo presión, precario equilibrio emocional.
- Ausencia de trastornos afectivos y ansiosos: como trastorno bipolar y desorden de pánico o fobias respectivamente, hipocondría, dolor psicógeno, somatizaciones, etc.
- Interpersonales: no tener las habilidades señaladas anteriormente.
Para poder valorar adecuadamente todas estas características es evidente que se necesita algo más de tiempo que el que actualmente se utiliza.
¿Cuándo se darán cuenta los responsables de los procesos selectivos de este "asuntillo sin importancia"?
martes, 6 de agosto de 2013
"DICHOSA BATERÍA DE SALAMANCA"
Si por algo se identifica el reconocimiento psicológico para entrar a formar parte de la familia militar relacionada con vuelo, es por la famosa "Batería de Salamanca". Un batería de 4 pruebas: 3 aptitudinales y una de personalidad.
¿qué para qué sirve? la batería (que no es de cocina)?
Pues para medir las aptitudes llamadas "de vuelo" y los rasgos de personalidad llamados "de vuelo"
¿qué cuáles son estas aptitudes y estos rasgos de personalidad?
Pues deben aparecer en la OM 23/2011, leedlos. Deberían estar en los apartados 405, 406, 407 y 408.
¿qué no aparecen?
PUES ESE ES EL PROBLEMA. QUE NO APARECEN ESPECIFICADOS. Y SIN EMBARGO, SE SOMETEN A LOS ASPIRANTES A UNAS PRUEBAS A CIEGAS, SIN SABER QUÉ LES VAN A MEDIR NI CÓMO, NI CUÁNTO LES PEDIRAN DE PUNTUACIÓN.
¿qué en qué punto de la convocatoria aparece la "Batería de Salamanca"?
Leed la convocatoria detenidamente.
¿qué no aparece?
PUES CLARO QUE NO APARECE Y SIN EMBARGO SE APLICA.
¿qué para qué sirve? la batería (que no es de cocina)?
Pues para medir las aptitudes llamadas "de vuelo" y los rasgos de personalidad llamados "de vuelo"
¿qué cuáles son estas aptitudes y estos rasgos de personalidad?
Pues deben aparecer en la OM 23/2011, leedlos. Deberían estar en los apartados 405, 406, 407 y 408.
¿qué no aparecen?
PUES ESE ES EL PROBLEMA. QUE NO APARECEN ESPECIFICADOS. Y SIN EMBARGO, SE SOMETEN A LOS ASPIRANTES A UNAS PRUEBAS A CIEGAS, SIN SABER QUÉ LES VAN A MEDIR NI CÓMO, NI CUÁNTO LES PEDIRAN DE PUNTUACIÓN.
¿qué en qué punto de la convocatoria aparece la "Batería de Salamanca"?
Leed la convocatoria detenidamente.
¿qué no aparece?
PUES CLARO QUE NO APARECE Y SIN EMBARGO SE APLICA.
BONDAD DEL PROCESO DE RECONOCIMIENTO PSICOFISICO
DOCTORES TIENE LA IGLESIA... Y CADA UNO OPINA LO QUE QUIERE Y LO QUE MEJOR LE CONVIENE. No para el sistema sino para él mismo y el colectivo al que pertenece.
En España se lleva a cabo un reconocimiento psicofísico para personal de vuelo, en particular, y para todos los miembros de las FAS en general (incluido la Guardia Civil, desgraciadamente protagonista en los últimos días) un tanto raquítico desde mi punto de vista. Raquítico no por aspectos técnicos (sanitarios) sino por aspectos temporales. En una mañana deben pasar los aspirantes por 7 consultas de especialistas médicos y una de especialista psicólogo.
Especialistas médicos: Psiquiatría, Oftalmología, Otorrinolaringología, Radiología, Neumología, Cardiología y por último Medicina Aeronáutica.
Especialistas psicólogos: Psicólogo clínico.
¡ah!, se me olvidaba, también deben pasar por un reconocimiento físico (peso, altura, etc, etc) y por el servicio de laboratorio (extracción de sangre y análisis de orina).
Imaginaos el ritmo al que deben pasar por las consultas los aspirantes para que en 4 horas se le comunique si son o no aptos para desempeñar una tarea como la de piloto o militar en general (o Guardia Civil).
Si esto ya es llamativo en el campo de la medicina, ¿qué decir del campo de la psicología? (O de la psiquiatría dentro de la medicina).
A cualquiera con dos dedos de luces se le debe antojar una pantomima.
Lo peor de todo es que saben que así no se pueden hacer las cosas, o por lo menos no se pueden hacer bien, pero año tras año se hace igual.
En España se lleva a cabo un reconocimiento psicofísico para personal de vuelo, en particular, y para todos los miembros de las FAS en general (incluido la Guardia Civil, desgraciadamente protagonista en los últimos días) un tanto raquítico desde mi punto de vista. Raquítico no por aspectos técnicos (sanitarios) sino por aspectos temporales. En una mañana deben pasar los aspirantes por 7 consultas de especialistas médicos y una de especialista psicólogo.
Especialistas médicos: Psiquiatría, Oftalmología, Otorrinolaringología, Radiología, Neumología, Cardiología y por último Medicina Aeronáutica.
Especialistas psicólogos: Psicólogo clínico.
¡ah!, se me olvidaba, también deben pasar por un reconocimiento físico (peso, altura, etc, etc) y por el servicio de laboratorio (extracción de sangre y análisis de orina).
Imaginaos el ritmo al que deben pasar por las consultas los aspirantes para que en 4 horas se le comunique si son o no aptos para desempeñar una tarea como la de piloto o militar en general (o Guardia Civil).
Si esto ya es llamativo en el campo de la medicina, ¿qué decir del campo de la psicología? (O de la psiquiatría dentro de la medicina).
A cualquiera con dos dedos de luces se le debe antojar una pantomima.
Lo peor de todo es que saben que así no se pueden hacer las cosas, o por lo menos no se pueden hacer bien, pero año tras año se hace igual.
jueves, 1 de agosto de 2013
FIN DE PROCESO
Ya se acabó el proceso de reconocimiento psicofísico del CIMA para los aspirantes de acceso directo a la AGA, no sin bastantes problemas y alegalidades. Pero bueno, nadie se ha quejado así que bien venido sea el final.
La próxima semana les toca el turno a los aspirantes por promoción a suboficial del EA (controladores). Ya veremos como va la cosa.
Saludos.
Entrenamiento en cámara hipobárica
La próxima semana les toca el turno a los aspirantes por promoción a suboficial del EA (controladores). Ya veremos como va la cosa.
Saludos.
Entrenamiento en cámara hipobárica
martes, 9 de julio de 2013
RECONOCIMIENTO PSICOFISICO CIMA
El día 23 de julio comienza el reconocimiento psicofísico en el CIMA para todos aquell@s aspirantes que opten a alguna plaza de vuelo para el Ejército del Aire Español (29) o para l@s que opten a controlador (6). Tanto a un@s como otr@s se les aplicará el reconocimiento específico para GRUPO I (pilotos); es decir, los que opten a controlador tendrán que acreditar servir también para piloto, ya que de lo contrario se quedarán fuera.
Esta no es la única rareza en este proceso. Existe otra del mismo calibre; me refiero al hecho de que el día antes de pasar por el CIMA (reconocimiento médico y psicológico) tendréis que realizar otras pruebas psicólogicas que no están contempladas en ningún artículo de la resolución de las oposiciones.
Que no os cuenten milongas esas otras pruebas psicológicas no son determinantes ya que se están haciendo de forma extraña, es decir, sin aparecer reflejadas en la convocatoria.
Estad atentos.
Esta no es la única rareza en este proceso. Existe otra del mismo calibre; me refiero al hecho de que el día antes de pasar por el CIMA (reconocimiento médico y psicológico) tendréis que realizar otras pruebas psicólogicas que no están contempladas en ningún artículo de la resolución de las oposiciones.
Que no os cuenten milongas esas otras pruebas psicológicas no son determinantes ya que se están haciendo de forma extraña, es decir, sin aparecer reflejadas en la convocatoria.
Estad atentos.
jueves, 20 de junio de 2013
PLAZAS DE VUELO VERSUS PLAZAS CONTROL
Ya sabéis que los requisitos psicofísicos para piloto y para controlador NO son los mismos. Los primeros son grupo I y los segundos son Grupo III. Si estudiais la OM 23/11 lo podréis comprobar.
Sin embargo, en la convocatoria, en su apéndice 9 PRUEBAS MÉDICAS, apartado 1, pone que los aspirantes a las plazas del Ejército del Aire, sin especificar grupo, deberán acreditar su aptitud como GRUPO I. O sea, que los que opten a plazas de control (GRUPO III) serán reconocidos como pilotos (GRUPO I) cuyos requisitos son más estrictos en algunas especialidades médicas y psicología.
Ejemplo: un aspirante a las plazas de controlador del Ejército del Aire, que sabe de antemano que no cumple los requisitos para piloto, pero que quiere ser controlador, posiblemente tampoco lo pueda ser porque será reconocido como GRUPO I.
VAYA INJUSTICIA.
Sin embargo, en la convocatoria, en su apéndice 9 PRUEBAS MÉDICAS, apartado 1, pone que los aspirantes a las plazas del Ejército del Aire, sin especificar grupo, deberán acreditar su aptitud como GRUPO I. O sea, que los que opten a plazas de control (GRUPO III) serán reconocidos como pilotos (GRUPO I) cuyos requisitos son más estrictos en algunas especialidades médicas y psicología.
Ejemplo: un aspirante a las plazas de controlador del Ejército del Aire, que sabe de antemano que no cumple los requisitos para piloto, pero que quiere ser controlador, posiblemente tampoco lo pueda ser porque será reconocido como GRUPO I.
VAYA INJUSTICIA.
viernes, 14 de junio de 2013
FECHA DE INICIO DE PRUEBAS PSICOLÓGICAS
El día 18 de Julio comenzará el reconocimiento psicofísico en el CIMA para los aspirantes a las plazas del acceso directo del Ejército del Aire (ya sabéis 29 para vuelo y 6 para control). Los días siguientes serán el 22, 23 y 24 de julio. (Si no cambian las cosas).
¡¡¡¡¡OJO !!!!! Como novedad, la tanda que tiene que pasar reconocimiento el día 18, deberá presentarse también el día 17 para la parte que corresponde a uno de los reconocimientos psicológicos (ya os expliqué en otra entrada que van a haber varios reconocimientos psicológicos). Este proceso se hará con todas las tandas; es decir, los del día 22 tendrán que presentarse también el viernes 19, y así sucesivamente.
Los resultados tanto del reconocimiento psicológico como del médico se sabrán el mismo día en que se realicen. Si no estáis de acuerdo con ellos, tenéis la posibilidad de recurso al Tribunal Médico de Apelación del Hospital Gómez Ulla. Dicho recurso lo podéis conformar en el propio CIMA el mismo día o hasta tres días después. Es decir, que podéis pensaroslo.
ANIMO
¡¡¡¡¡OJO !!!!! Como novedad, la tanda que tiene que pasar reconocimiento el día 18, deberá presentarse también el día 17 para la parte que corresponde a uno de los reconocimientos psicológicos (ya os expliqué en otra entrada que van a haber varios reconocimientos psicológicos). Este proceso se hará con todas las tandas; es decir, los del día 22 tendrán que presentarse también el viernes 19, y así sucesivamente.
Los resultados tanto del reconocimiento psicológico como del médico se sabrán el mismo día en que se realicen. Si no estáis de acuerdo con ellos, tenéis la posibilidad de recurso al Tribunal Médico de Apelación del Hospital Gómez Ulla. Dicho recurso lo podéis conformar en el propio CIMA el mismo día o hasta tres días después. Es decir, que podéis pensaroslo.
ANIMO
jueves, 13 de junio de 2013
RECONOCIMIENTO PSICOLÓGICO PARA EJÉRCITO DE AIRE
En la convocatoria de acceso directo, se convocan 29 plazas para Vuelo y 6 para Defensa y Control Aéreo dentro del las plazas pertenecientes al Ejército del Aire. En la Base novena se especifica el proceso de selección. En el punto 1 apartado b dedicado a la aptitud psicofísica, hace referencia a las pruebas psicológicas y al reconocimiento médico (que se llevará a cabo en el CIMA).
Las llamadas "pruebas psicológicas" (apartado 6) consistirán en una prueba de personalidad, que será general para todos los candidatos a los tres ejércitos y a la guardia civil. Esta prueba de personalidad trata de medir factores de patologías psicológicas que pudieran interferir con el buen desarrollo del proceso formativo del candidato. Esta prueba NO es eliminatoria por sí misma, sino que será tenida en cuenta en el Reconocimiento Médico que se llevará a cabo en el Hospital Militar Gómez Ulla (para Ejercito de Tierra, Armada y Guardia Civil) y en el CIMA (para los que hayan solitidato Ejército del Aire).
¡¡¡¡¡OJO!!!!! Dentro de ese apartado 6, también dice que a los solictantes de plazas para el E.A. se les realizarán otras pruebas psicológicas específicas para medir las aptitudes requeridas para el vuelo (aptitud espacial, razonamiento, atención dividida y personalidad). De estas pruebas NO SE DICE NADA de cómo se tendrán en cuenta. (¿RECURRIBLE?)
Además, los candidatos para el E.A. tendrán, después, que pasar el Reconocimiento Médico (O.M. 23/2011) donde, según el Capítulo 17 de esta OM, volverán a someterse a otro reconocimiento psicológico; este, POR FIN, ya realizado por los psicólogos integrados en el proceso de reconocimiento médico aeronáutico.
¡¡¡¡¡¡¡¡¡ OJO!!!!!! LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS DE ESTE ÚLTIMO RECONOCIMIENTO PSICOLÓGICO SÍ SON ELIMINATORIAS
VOSOTROS DIRÉIS SI ES EXCESIVO O NO.
PARA CUALQUIER DUDA, ¡YA SABÉSI! COMENTARME ALGO
¿QUIERES PASAR CON ÉXITO LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS EN LAS OPOSICIONES PARA PILOTO?
Las llamadas "pruebas psicológicas" (apartado 6) consistirán en una prueba de personalidad, que será general para todos los candidatos a los tres ejércitos y a la guardia civil. Esta prueba de personalidad trata de medir factores de patologías psicológicas que pudieran interferir con el buen desarrollo del proceso formativo del candidato. Esta prueba NO es eliminatoria por sí misma, sino que será tenida en cuenta en el Reconocimiento Médico que se llevará a cabo en el Hospital Militar Gómez Ulla (para Ejercito de Tierra, Armada y Guardia Civil) y en el CIMA (para los que hayan solitidato Ejército del Aire).
¡¡¡¡¡OJO!!!!! Dentro de ese apartado 6, también dice que a los solictantes de plazas para el E.A. se les realizarán otras pruebas psicológicas específicas para medir las aptitudes requeridas para el vuelo (aptitud espacial, razonamiento, atención dividida y personalidad). De estas pruebas NO SE DICE NADA de cómo se tendrán en cuenta. (¿RECURRIBLE?)
Además, los candidatos para el E.A. tendrán, después, que pasar el Reconocimiento Médico (O.M. 23/2011) donde, según el Capítulo 17 de esta OM, volverán a someterse a otro reconocimiento psicológico; este, POR FIN, ya realizado por los psicólogos integrados en el proceso de reconocimiento médico aeronáutico.
¡¡¡¡¡¡¡¡¡ OJO!!!!!! LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS DE ESTE ÚLTIMO RECONOCIMIENTO PSICOLÓGICO SÍ SON ELIMINATORIAS
VOSOTROS DIRÉIS SI ES EXCESIVO O NO.
PARA CUALQUIER DUDA, ¡YA SABÉSI! COMENTARME ALGO
¿QUIERES PASAR CON ÉXITO LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS EN LAS OPOSICIONES PARA PILOTO?
viernes, 7 de junio de 2013
RESOLUCIONES CONVOCATORIAS ENSEÑANZA MILITAR
ACCESO DIRECTO
OFICIALES
http://www.boe.es/boe/dias/2013/05/20/pdfs/BOE-A-2013-5279.pdf
E.A. VUELO (29)
E.A. CONTROL (6)
ACCESO POR PROMOCIÓN
OFICIALES
http://www.mediafire.com/view/?czxkmpibykjmdoo
E.A. VUELO (4)
E.A. CONTROL (31)
SUBOFICIALES
http://www.mediafire.com/view/?vi73c4a5z3etc1f
E.A. CONTROLADORES (48)
E.T. MANTENIMIENTO DE AERONAVES (25)
¿QUIERES PASAR CON ÉXITO LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS EN LAS OPOSICIONES PARA PILOTO?
Otras normas de requisitos psicofísicos, en este caso, para civiles son las que os pego a continuación.
CONTROLADORES
NORMA PARA REQUISITOS DE CONTROLADORES
NORMATIVA JAR-FCL PILOTOS Y TCP
Orden FOM/1267/2008 de 28 de abril, por la que se modifican la Orden de 21 de marzo de 2000, y la Orden FOM/2157/2003, de 18 de julio, que regulan diversos requisitos de las licencias de la tripulación de vuelo de aviones y helicópteros civiles, relativos a la organización médico-aeronáutica y la autorización de los centros médico-aeronáuticos y médicos examinadores. (Boletín Oficial del Estado número 110, del martes 6 de mayo de 2008)
NORMATIVA NUEVA EUROPEA PARA PILOTOS Y TCP
Reglamento (UE) Nº 1178/2011 de la comisión de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) Nº 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo
Una modificación al anterior Reglamento
Reglamento (UE) Nº 290/2012 de la Comisión de 30 de marzo de 2012, que modifica el Reglamento (UE) nº 1178/2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) nº 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.
CONTROLADORES
NORMA PARA REQUISITOS DE CONTROLADORES
NORMATIVA JAR-FCL PILOTOS Y TCP
Orden FOM/1267/2008 de 28 de abril, por la que se modifican la Orden de 21 de marzo de 2000, y la Orden FOM/2157/2003, de 18 de julio, que regulan diversos requisitos de las licencias de la tripulación de vuelo de aviones y helicópteros civiles, relativos a la organización médico-aeronáutica y la autorización de los centros médico-aeronáuticos y médicos examinadores. (Boletín Oficial del Estado número 110, del martes 6 de mayo de 2008)
NORMATIVA NUEVA EUROPEA PARA PILOTOS Y TCP
Reglamento (UE) Nº 1178/2011 de la comisión de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) Nº 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo
Una modificación al anterior Reglamento
Reglamento (UE) Nº 290/2012 de la Comisión de 30 de marzo de 2012, que modifica el Reglamento (UE) nº 1178/2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) nº 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.
| TIPOSDE PERSONAL DE VUELO Pilotos profesionales (ATPL y CPL) | APARTADO DE REQUERIMIENTOS PSICOFÍSICOS Clase 1 (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011) |
| Pilotos privados (PPL) con habilitación de vuelo instrumental | Clase 2, con requisito auditivo de Clase 1 (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011) |
Pilotos privados (PPL) con habilitación de vuelo nocturno | Clase 2, con percepción de colores segura (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011) |
Pilotos privados (PPL), pilotos de ULM, pilotos de planeador (SPL) y pilotos de globo (BPL) | Clase 2 (MED.A.030 de Reglamento (UE) 1178/2011) |
Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP) | Clase C.C. (Anexo V, Reglamento (UE) 290/2012) |
Controladores de transito aéreo | Clase 3 Orden FOM/2418/2007 |
jueves, 6 de junio de 2013
LAS NORMAS CLAVES
La primera a la que haremos referencia es la O.M. 23/11 donde se aprueban las normas para la valoración de la aptitud médica del personal con responsabilidad de vuelo en el ámbito militar. A continuación dejo el enlace.
Solo un primer apunte, atiendan al Capítulo 17: PSICOLOGÍA. Ya comentaremos.
ORDEN MINISTERIAL 23/2011
Solo un primer apunte, atiendan al Capítulo 17: PSICOLOGÍA. Ya comentaremos.
ORDEN MINISTERIAL 23/2011
EL ERROR HUMANO
La aviación es el medio más seguro, pero se repiten accidentes e incidentes.
A medida que disminuyen los fallos técnicos, aumentan de forma alarmante los causados por el fallo humano.
Actualmente este fallo humano origina alrededor del 80% del número total de los accidentes.
De este 80%, una cantidad insignificante se produce por defectos de visión, audición, fallos cardiacos, problemas psiquiátricos u otras causas médicas.
La mayor parte se debe a dificultades en el procesamiento de la información del personal en situaciones de crisis.
Con estos datos cabría esperar que en el reconocimiento psicofísico realizado al personal con responsabilidad de vuelo se pusiera la atención suficiente en aspectos psicológicos. Me atrevería a decir, igual o más atención que a los aspectos meramente físicos.
Pues bien, si leéis detenidamente la normativa que hace referencia a ese reconocimiento psicofísico apreciaréis la escasa, por no decir nula, atención a dicho aspecto.
Saludos.
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